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Ganancias y monotributo
El Poder Ejecutivo reglamentó los cambios del impuesto a las ganancias para trabajadores en relación de dependencia.
También se reglamentaron los cambios en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes.
La AFIP definirá los detalles para la devolución en ganancias y la transición al régimen general para el monotributista.
El doctor Daniel G. Pérez analiza las reglamentaciones que dispuso el Poder Ejecutivo sobre el impuesto a las ganancias para trabajadores en relación de dependencia y los cambios en monotributo, su permanencia en el régimen, los beneficios para contribuyentes cumplidores y también la transición al régimen general.
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Se prorroga la prohibición de despidos sin causa hasta el 30 de junio
Este jueves, el Gabinete Económico prorrogó por otros 30 días, hasta el 30 de junio, la prohibición de efectuar despidos sin causa.
La medida tenía vigencia hasta el 31 de mayo, según lo había dispuesto el Decreto 266/2021, publicado en el Boletín Oficial el 22 de abril.
También, se prohíbe efectuar suspensiones con las mismas causales, quedando exceptuadas aquellas que se efectúen en los términos del artículo 223 bis de la ley de contrato de trabajo.
Ganancias Sociedades
La Comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado emitió dictamen favorable al proyecto de ley que establece alícuotas marginales escalonadas del 25% al 35% para las sociedades.
En tal sentido, señalamos que se amplió el tramo intermedio que tiene una alícuota del 30%, por lo que la alícuota del 35% será aplicable para las ganancias netas superiores a $50.000.000, según el siguiente detalle:
- Ganancias sujeta a impuesto hasta $5.000.000: alícuota del 25%
- Ganancias sujeta a impuesto de $5.000.000 y hasta $50.000.000: alícuota del 30%
- Ganancias sujeta a impuesto dese $50.000.000: alícuota del 35%
- Por su parte se aclara que se mantendrá la alícuota del 7% para dividendos distribuidos en todos los casos.
Accedé a más información en nuestra nota.
Aporte solidario
Se implementa un nuevo plan de pagos al cual se podrá acceder hasta el 30 de septiembre de este año.
Además, la AFIP establece que no se suspende la iniciación de juicios de ejecución fiscal y traba de medidas cautelares para estos casos.
¿Qué y quienes se encuentran alcanzados por el plan de pagos?
¿A qué planes de pago se podrán adherir? ¿Cuáles son las condiciones para adherir al plan de pagos? ¿Hasta cuándo se podrá adherir al plan de pagos? ¿A partir de cuándo se puede ingresar el plan en “Mis Facilidades”
Ingresá a nuestra nota para enterarte todos los detalles.
REPRO II
El Ministerio de Trabajo definió los parámetros para acceder al beneficio correspondiente al mes de mayo.
Recordamos que el 1 de junio vence el plazo para inscribirse en el Programa.
Cambios transitorios mes de mayo
A los efectos de la preselección, primera etapa para calificar en el REPRO II, las resoluciones, establecen los parámetros comparativos:
Sectores | Período Variación | Porcentual variación real |
---|---|---|
Críticos | 1 al 24/5/2021 y mayo/2019 | – 20% real |
No críticos | Abril/2021-Abril/2019 | – 20 % real |
Salud | Abril/2021-Abril/2019 | -0% real |
Conoce todos los detalles de programa para Trabajadores Independientes de Sectores Críticos y la lista de Actividades Críticas actualizada en nuestra nota.
Topes a la base imponible, jubilaciones y asignaciones familiares
La ANSES definió los importes de las bases imponibles mínima y máxima a la seguridad social, los haberes jubilatorios que rigen a partir del período devengado junio/2021.
Además, fijó los nuevos montos de asignaciones familiares.
Actualización de las prestaciones y montos
Prestación | Monto a partir de junio 2021 |
---|---|
Haber mínimo garantizado | $23.064,70 |
Haber máximo | $155.203,65 |
Bases imponibles mínima y máxima | $7.768,19 y $252.462,50 |
Prestación Básica Universal (PBU) | $ 10.551,05 |
Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) | $18.451,76 |
Enterate mas sobre prestaciones y montos en nuestra nota.
Buenos Aires
La provincia anunció una serie de medidas para los sectores más perjudicados, entre las que se destaca el plan de facilidades de pago para ingresos brutos, tampoco se efectuarán retenciones de este tributo y la suspensión de embargos judiciales hasta agosto.
¿Qué proponen los nuevos proyectos?
- La implementación de un programa de créditos otorgados por el Banco de la Ciudad e Buenos Aires, de hasta $ 500.000, para el pago de alquileres de locales comerciales de la Ciudad.
- La creación de un programa de capacitación en logística de venta electrónica.
- La eximición del pago de ABL durante tres meses a los comercios ubicados en la Comuna 8 que comprende los barrios de Villa Soldati, Villa Riachuelo, Villa Lugano.
- Alivio fiscal para cines, teatros, locales de baile clase “C”, centros culturales y academias de danza; en sintonía con esto se suman los proyectos de alivio fiscal para salones de fiestas y actividades de servicio de acondicionamiento físico
Accedé a un detallado análisis de cada medida en nuestra nota.
Ciudad de Buenos Aires
Se incorporan, desde el 1 de junio y 1 de agosto, nuevos sujetos del impuesto sobre los ingresos brutos al Sistema “Nueva Cuenta Corriente Tributaria”.
En una primera etapa resultó de aplicación para las entidades financieras y para aquellos contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que hayan ingresado el Anticipo Tributario Extraordinario (ATE) -L. (Bs. As. cdad.) 6301- y que en ese momento era para una lista bastante acotada de sujetos.
¿Cuáles son las principales características de la NCCT? ¿Qué pasa con el saldo inicial?
Toda la información te la cuentan nuestros expertos en esta nota.
Blanqueo para la construcción
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