Coronavirus: ¿Cuáles son los nuevos requisitos para ingresar al país?
El Gobierno Nacional estableció los nuevos requisitos para el ingreso al país por parte de argentinos, residentes y extranjeros, que regirán a partir del 29 de enero del 2022.
El Gobierno Nacional estableció los nuevos requisitos para el ingreso al país por parte de argentinos, residentes y extranjeros, que regirán a partir del 29 de enero del 2022.
Se prorroga hasta el 31 de agosto de 2021 los vencimientos de las prestaciones por desempleo de las leyes 24013 (ley nacional de empleo) y 25371 (industria de la construcción) que se produzcan entre el 1 de mayo y el 30 de julio.
Con la publicación en el Boletín Oficial de las leyes 6408 y 6409 la Ciudad de Buenos Aires eleva el monto de deudas de impuestos empadronados por los cuales la AGIP podrá otorgar facilidades de pago con condonación de intereses y dispone medidas de alivio para el sector hotelero, respectivamente.
Hoy 1 de mayo, se oficializó en el Boletín Oficial el Decreto 287/2021, con las medidas sanitarias para intentar contener la propagación del Covid-19, que rigen hasta el 21 de mayo inclusive.
El Poder Ejecutivo Nacional anunció en cadena de prensa, la continuidad hasta el 21 de mayo, de las mismas medidas sanitarias actualmente vigentes en el marco la segunda ola de coronavirus.
Se publicó el Decreto 235/2021 que define las medidas generales de prevención y disposiciones locales y focalizadas de contención que deberán cumplir todas las personas, a fin de mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2 y su impacto sanitario, desde las 0 horas del viernes 9 de abril hasta el 30 de abril de 2021, inclusive.
El Presidente anunció medidas que establecen las normas y protocolos a seguir ante la segunda ola de coronavirus y que rigen desde este viernes a las 0 horas hasta el 30 de abril.
El jefe de Gabinete encabezó ayer una reunión con autoridades porteñas y bonaerenses para analizar la situación epidemiológica en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y definir las próximas medidas ante el avance de la “segunda ola” de coronavirus.
El sábado 13 de marzo se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 168/2021, que extiende el distanciamiento social, preventivo y obligatorio (DISPO) a todo el país desde el 13 de marzo hasta el 9 de abril de 2021, inclusive.
El Poder Ejecutivo, mediante decreto 125 /2021, publicado el domingo 28 de febrero de 2021, establece el “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” (DISPO) para todo el país, desde el 1° al 12 de marzo, inclusive.