Aporte Solidario y Extraordinario: la AFIP da plazo hasta el 30/3/2021
La AFIP reglamenta el aporte solidario y extraordinario y da plazo hasta el 30/3/2021 para presentar la DDJJ e ingresar el saldo resultante
La AFIP reglamenta el aporte solidario y extraordinario y da plazo hasta el 30/3/2021 para presentar la DDJJ e ingresar el saldo resultante
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El trabajo analiza el nuevo proyecto enviado al Congreso de la Nación que busca prorrogar la tasa corporativa del 30% por un período fiscal más, con efectos también en el impuesto al dividendo y asimilables.
El 4 de diciembre de 2020 el Senado aprobó y convirtió en ley el “Aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia”, y finalmente fue publicado en el Boletín Oficial el día 18 de diciembre.
Al cabo ya de más de cuatro meses, podemos ir presentando una serie de ideas, acontecimientos y realidades que permiten un análisis, si bien parcial y relativamente empírico de lo que el fenómeno sanitario y político ha dejado en lo relacionado directa o indirectamente con el tratamiento de las crisis de insolvencia, tanto de la empresa (en sentido amplio), como de la persona humana.
Los empleados en relación de dependencia deben informar a sus empleadores las deducciones, cargas de familia y otra información para que estos últimos las tengan en cuenta al momento de calcular las retenciones del impuesto a las ganancias que tienen que practicar.
La ARBA informa a través de su página web, que hasta fin de año, aplicará un descuento de 50% en el impuesto sobre los ingresos brutos para pymes y microempresas, en tanto que la bonificación para otras empresas será del 15%. Se trata de un beneficio que contempla a un conjunto de 206 actividades económicas que tuvieron dificultades para funcionar por la pandemia o, por esa situación, sufrieron una fuerte caída de ingresos.
Con motivo de la pandemia declarada en el mundo por el COVID-19, y en nuestro País la imprescindible declaración de la cuarentena, en principio, hasta el 12 de abril