Libros SAS: ¿Cómo se asientan los registros digitales?

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La doctora Julieta Álvarez Millet analiza el sistema de registros digitales para las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) y aporta una guía paso a paso para su correcto asiento en la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

Julieta Alvarez Millet

I – INTRODUCCIÓN

Las sociedades por acciones simplificadas (SAS), además de lo novedoso de su procedimiento de inscripción digital y la inmediatez en el registro, traen consigo la implementación de un sistema de registros digitales.

La ley 27349 especifica cómo deben llevarse los registros societarios y contables de las SAS, situación que fue replicada, con la reforma introducida por la ley 27444, al artículo 61 de la ley general de sociedades.

Cada registro público ha dictado su respectiva normativa sobre cómo se deben asentar los registros digitales y en esta oportunidad nos focalizaremos en el procedimiento previsto por la Inspección General de Justicia.

II – LEGISLACIÓN

El artículo 58 de la ley 27349 dispone que este nuevo tipo societario lleve sus registros en forma digital y delega en cada organismo de fiscalización la reglamentación e implementación de mecanismos que permitan la utilización de esos registros a través de medios digitales y la creación de una página web en la que se encuentre volcada la totalidad de los datos de dichos registros.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el organismo que regula a las SAS es la Inspección General de Justicia, quien a través de numerosas resoluciones ha armado un esquema de contralor propio para este tipo societario.

Inscripción Sociedades

Entre otros temas la autora detalla:

  • Cuales son los registros digitales obligatorios
  • Que son los archivos digitales y como se generan
  • Que es la firma digital
  • Como rubricar un archivo digital
  • El paso a paso de su registro en la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), y
  • Como puede verificarse el contenido de los libros digitales

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