Conocé las noticias destacadas de la semana, seleccionadas por los expertos de Errepar. ¡No te las pierdas!
Ganancias y monotributo
Continúan en el Congreso Nacional el tratamiento de los proyectos de ley para que los trabajadores en relación de dependencia tributen el impuesto cuando perciban remuneraciones brutas superiores a 150 mil pesos y el que modifica la escala progresiva de alícuotas para sociedades.
Mediante el mismo se propone una estructura de alícuotas marginales escalonadas en 3 segmentos, en función del nivel de ganancia neta imponible acumulada, según el siguiente detalle:
- Alícuota del 25%: ganancias netas acumuladas de hasta $1.300.000.-
- Alícuota del 30%: ganancias netas acumuladas de más de $1.300.000 y hasta $2.600.000.-
- Alícuota del 35%. Ganancias netas acumuladas superiores a $2.600.000.
Por su parte también se trata el proyecto de modificación de Monotributo mediante el cual se propone ajustar las categorías vigentes, un régimen transitorio para aquellos que se excedieron de los parámetros y también beneficios para aquellos que se excedieron de los mismos y realizaron la inscripción en el régimen general.
Por último, se informa también que se encuentra en elaboración con la intención de sumarlo al debate de estos dos proyectos, un tercero que establece una reforma tributaria con modificaciones en el impuesto sobre los bienes personales.
REPRO II
El Ministerio de Trabajo fija, entre los días 22 y 27 de este mes, el plazo para que los empleadores puedan tramitar el beneficio del período devengado marzo 2021.
Asimismo, determina las pautas a considerar respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio de acuerdo al siguiente detalle:
- Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación: febrero de 2020 y febrero de 2021
- Altas empresas: no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de diciembre de 2019
- Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: Febrero 2021
Conocé más detalles sobre el beneficio en nuestra nota.
Blanqueo para la construcción
Se publicó la ley que implementa un Régimen de Incentivo a la Construcción para promover el desarrollo o inversión en proyectos inmobiliarios.
¿Se puede comprar un inmueble y obtener los beneficios fiscales? ¿Hay límites a los fondos que pueden blanquearse? ¿Cómo se determina el impuesto a ingresar cuando se depositan dólares? ¿Se pueden acumular los beneficios de ambos regímenes? Si poseo dólares declarados o no declarados, ¿tengo que venderlos en el MULC para poder luego hacer la inversión?
El Doctor Hernán D´Agostino nos cuenta todos los detalles de este nuevo régimen en nuestra nota.
Aporte Solidario y Extraordinario
La AFIP habilitó un régimen de facilidades de pago para ingresar en hasta 6 cuotas el saldo resultante del “Aporte Solidario y Extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia”.
Así es que las personas alcanzadas por el Aporte podrán optar por realizar un anticipo del 20% de la deuda consolidada e ingresar el saldo resultante en 5 pagos mensuales y consecutivos. Esta opción estará habilitada desde el 23/3/2021 y hasta el 28/4/2021.
Te compartimos 3 análisis de prestigiosos colaboradores de Errepar sobre el tema:
–Ley de aporte solidario y extraordinario, Humberto Diez
–Aporte solidario: un caso de aplicación sobre valuación de inmuebles, RICHARD L. AMARO GÓMEZ
Sistema de información sobre stock de productos y ventas
La Secretaría de Comercio Interior creó un régimen de información para que todas las grandes empresas informen mensualmente los precios vigentes y stock de mercaderías (SIPRE).
¿Qué empresas se encuentran obligadas? ¿Qué deben informar? ¿Qué contenido mínimo debe contener? ¿Cuál es el plazo? ¿Cómo se realiza? ¿Qué deben tener en cuentas las empresas en la primera presentación?
Todas estas respuestas y más información en la nota de nuestros expertos.
Ciudad de Buenos Aires
Los empleadores con domicilio legal o establecimientos localizados en la Ciudad tienen plazo hasta el 31 de marzo para efectuar la carga de información en el Registro de Empleadores Online.
Quienes están obligados cumplimentarlo:
– Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo Categoría Locales.
– Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributen bajo las normas del Convenio Multilateral, en la medida que posean establecimiento, local, sucursal u oficina situado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
– Los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, excepto aquellos comprendidos en los términos del artículo 272 del Código Fiscal vigente, el cual transcribimos a continuación:
Además, los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos tienen tiempo hasta el 31 de mayo para completar el Registro de Domicilio de Explotación.
Accedé a un paso a paso de cómo se debe cumplimentar con toda la información en nuestra nota.
Buenos Aires
Se aprueba el procedimiento que deberán observar los responsables sustitutos de contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos no residentes en el territorio nacional a fin de liquidar e ingresar el gravamen.
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